En pos de la Libertad de Cuba
Pensando a Cuba y su entorno
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Por qué #YoNoVoto o en su defecto #YoVotoNo en el próximo referendo constitucional

En vistas del texto constitucional puesto a referendo, sostiene que el partido único sigue siendo “la fuerza política dirigente superior de la sociedad y el Estado” (art. 5), con lo cual queda claro que la soberanía descansa en el mismo, y que, por su estructura de funcionamiento, el primer secretario se convierte en el soberano, y como corolario, todo el andamiaje constitucional e institucional pierde la necesaria legitimidad para que en propiedad se pueda asegurar que “la Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado. Representa a todo el pueblo y expresa su voluntad soberana” (art. 102). La anterior dualidad (partido único/Estado) es muy perniciosa a los efectos del buen gobierno y de la participación pública de los ciudadanos, así como resulta ser una cortina de humo para tratar de esconder la naturaleza totalitaria del castrismo.

La legitimidad que se vende en esta Constitución está dada por un supuesto modelo parlamentario alternativo y funcional, pero veamos algunas de las características retorcidas del mismo: los parlamentarios no representan la orgánica pluralidad existente en la sociedad cubana, pues pasan por el tamiz de las comisiones de candidaturas, lo cual garantiza una selección de incondicionales, tal es el caso que todas las votaciones son unánimes; no está previsto que los candidatos realicen una exposición pública de su agenda legislativa en aras de conquistar a los votantes, vaciándose con ello de contenido del proceso electoral, y por el contrario se exhibe una escueta biografía “revolucionaria”; las autoridades electorales forman parte intrínseca del establishment, lo cual mina dos de las características que se necesita de ellas: imparcialidad e independencia; las asambleas municipales seleccionan un solo candidato a diputado por escaño, o sea, al no haber competencia por obtener el favor del electorado se asegura que las fallas del sistema no salgan a la luz pública en los concomitantes debates de campaña y con ello se empodere a la ciudadanía.

Por otra parte, al declarase sin tapujos la existencia de un solo poder (como es imprescindible, con división de funciones), se facilita la concentración del mismo al más alto nivel y con ello queda consagrada la enorme debilidad de los otros: legislativo, judicial y electoral; la mitad o más de los candidatos únicos a ocupar  asientos en la Asamblea Nacional del llamado Poder Popular por ley son integrantes de la clase política, y son seleccionados para tal fin sin que medien siquiera unas elecciones espurias, introduciendo este proceder rigideces y enormes fallas en la representación; solamente se tiene concebidas dos brevísimas sesiones ordinarias de los “legisladores” al año y por tanto a los mismos les queda muy poco tiempo o ninguno para tramitar y presentar las aspiraciones y necesidades de sus electores. Las “elecciones” de presidente (titular del Poder Ejecutivo), vicepresidente y demás cargos electivos, que se realizan en el llamado Parlamento están mediadas por una nómina de candidatos únicos, presentada por otra incondicional comisión de candidatura, y en consecuencia no queda margen para discrepar de la misma y mucho menos crear un grupo de presión que conforme otra propuesta. En fin, es el procedimiento perfecto para, a puerta cerrada y desde lo más alto, imponer la dirigencia que dé continuidad absoluta al totalitarismo. Es tragicómico que un candidato a titular del Poder Ejecutivo (presidente) obtenga el 99.83 % de los votos.

Pretender hacer creer que en nuestro país la democracia “es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la ciudadanía” y que se producen elecciones libres y competitivas, supone que los cubanos somos todos unos tontos. Por otra parte, no existe siquiera algo parecido a un Parlamento, pero lo más triste del caso es que de eso están conscientes la inmensa mayoría de los cubanos, pero al estar maniatados no les queda otra que ser espectadores pasivos.

Si un artículo le quita totalmente el rango de Constitución a este legajo es el número 4, donde se regimenta a perpetuidad a todos los cubanos en el socialismo y se habilita a los partidarios del mismo para acometer cualquier acción, por cruel que resulte, contra el que no acepte el status quo. Sin temor a exagerar, lo anterior es una monstruosidad que solamente es aceptada por un pueblo sometido.

En el artículo 14 queda explicitado que las llamadas organizaciones de masas y sociales son verdaderas corporaciones al servicio del poder, y por lo tanto están empeñadas en la implementación del socialismo en su versión cubana, vale decir, en la dominación totalitaria de todos y cada uno de los cubanos. Obviamente, de instituciones de la sociedad civil no tienen nada.

En el artículo 16 se consagra un canal de un solo sentido: se esgrime la independencia y la soberanía en relación con quedar encapsulados y protegidos de cara a que cualquier institución o gobierno pueda apoyar el movimiento prodemocracia cubano, que por demás es totalmente civilista, pero se consagra en el texto que “es un deber internacionalista solidarizarse”, de acuerdo al criterio de selección oficial, que pasa por resguardar sus intereses y conveniencias “con los pueblos que combaten por su liberación y autodeterminación”, y que casi siempre utilizan la vía armada. Sobran los comentarios.

En el Título II, sobre los Fundamentos Económicos, se sigue esgrimiendo que el “sistema de economía socialista está basado en la propiedad del todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción”, lo cual mueve a risas, porque si una cosa propicia que haya una baja productividad y una disminuida generación de riquezas y oportunidades es justamente la falta de conciencia de dueño, o sea, ningún trabajador cubano se identifica con lo que aparece en esta Ley de Leyes. Por otra parte, se le dio rango constitucional al emergente sector privado y eso no es una mala noticia, aun cuando lo subordinaron, como en ninguna otra parte, a las órdenes y veleidades de los planificadores socialistas. Hasta el momento lo que se está produciendo fuera del marco de las empresas estatales socialistas empuja hacia un “capitalismo de compinches”.

En el Título III, sobre los Fundamentos de la Política Educacional, Científica y Cultural, el Estado se arroga el derecho de ser el único propietario de todos los medios, lo cual lo pone en condiciones de mando inapelable. Y en contraposición con las mejores prácticas en el resto del mundo, el entramado institucional de estos tres sectores está orientado a adoctrinar, modelar la apreciación artística, crear matrices de opinión, y movilizar a la opinión pública en su favor, dejando el camino libre para poner a la ciencia en función de intereses espurios si fuera necesario. Si en nuestro país hubiera un control democrático del Estado, otra sería mi interpretación. Vergonzosamente, se reconoce la libertad de creación artística, pero siempre y cuando promueva los valores de la sociedad socialista, así pues, esta coletilla mutila la misma en cualquiera de sus manifestaciones, y sirve de apoyatura al tan rechazado decreto 349.

A mi modo de entender, el artículo mejor elaborado es el número 41 (antiguo 39), e incluso en la versión definitiva se añadió para bien de todos que los derechos humanos son irrenunciables, indivisibles e interdependientes, así como “la igualdad y no discriminación” en sustitución de “y sin discriminación”; pero le propinaron una gran mutilación al eliminar finalmente “que los derechos y deberes reconocidos en esta Constitución se interpretan de conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Cuba”, para incluir en el artículo 8 que “la Constitución de la República de Cuba prima sobre estos tratados internacionales”. Tenía la esperanza que en un futuro no muy lejano, con una exitosa campaña en favor de la ratificación de los pactos internacionales de derechos humanos el gobierno se viera en la obligación de ajustar la Carta Magna a los mismos. Nada, que triunfaron los elementos más recalcitrantes al empeorar aún más el texto.

En el artículo 42 se consagra el totalitarismo y el concomitante apartheid por motivos políticos y filosóficos. Eso es, aparece una retahíla de 11 prohibiciones de discriminación, pero sobre la política solamente quedó el ambiguo: “O cualquier otra condición o circunstancia personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana”. Estamos en presencia de unas élites sin escrúpulos como para dejar plasmado en este texto que no hay cabida para la pluralidad cívica en nuestra sociedad, en tanto que los que no son socialistas ni se subordinan a las directrices del partido único, son tratadas como personas de tercera clase.

En el artículo 55, sobre la libertad de prensa, queda mutilada la misma porque solamente se puede ejercer de conformidad con la ley (del embudo) y los fines de la sociedad; los medios fundamentales en todos los casos son propiedad socialista, vale decir, están al servicio del poder totalitario; la implementación de los principios de organización y funcionamiento del gremio son potestad exclusiva del Estado (opresor), y por si quedara alguna duda se especifica, a través de la negativa de poder operar medios propios, que está proscrita la prensa alternativa y libre. Es muy difícil que exista otro país donde se le imponga una mordaza total a la prensa explícitamente en la Constitución como en el nuestro.

En el artículo 56, “los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos” quedan refrendados, “pero siempre y cuando se respete el orden público y el acatamiento de las preceptivas establecidas en la ley”. Con toda seguridad las leyes de desarrollo sobre el particular, así como la interpretación del texto constitucional serán abundantes en los correspondientes candados discriminatorios e invalidantes, pues de seguro bloquearán, por ejemplo, si el MCR pidiera permiso para realizar una marcha abogando por el saneamiento de los ríos circundantes de Camajuaní, o aún más, poderse inscribir en el registro de asociaciones y con ello legalizar su situación.

En el artículo 65, sobre el “derecho a que el trabajo se remunere en función de la cantidad y calidad, expresión del principio de distribución socialista”, podemos asegurar que en nuestro país es una quimera. El esfuerzo desarrollado en estudiar y trabajar honradamente está infravalorado y muy mal retribuido; así pues, el cubano de a pie ha bautizado este perverso fenómeno como la “pirámide invertida”. Con la implementación de los fundamentos económicos reconocidos en esta Constitución no podemos aspirar a que nuestro país se recomponga como el Ave Fénix. Incuestionablemente hay que desatar las fuerzas del mercado, así como insertar a la economía cubana en el mercado internacional, cuestión ésta que las élites más ortodoxas no están dispuestas a hacer porque lo ven como una amenaza a su permanencia en el poder.  

En el artículo 101, llama la atención el inciso g, donde se expone sobre “la libertad de discusión, el ejercicio de la crítica y la autocrítica y la subordinación de la minoría a la mayoría”, porque al no reconocerse una adecuada representación y participación de mayorías y minorías, en un contexto donde no se respetan las libertades básicas y los derechos fundamentales, la tendencia indeclinable es hacia el verticalismo, el autoritarismo y el dogmatismo. Obviamente, las propuestas de las minorías pueden en un momento determinado tomar auge y hacerse mayoritarias, la historia está llena de ejemplos que lo validan. La crítica, la autocrítica y la libertad de discusión deben estar sustentadas en un soporte institucional donde puedan dejar una huella correctora y por el contrario no se conviertan en un cacareo estéril, que muchas veces es lo que pasa en Cuba.

En el artículo 148 queda reflejado que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular tiene entre sus funciones “impartir instrucciones de carácter obligatorio para establecer una práctica judicial uniforme en la interpretación y aplicación de la ley”. Así también, los tribunales solamente poseen independencia funcional, es decir que en esencia están subordinados al poder totalitario; dentro de las facultades del Consejo de Estado (art. 122, inciso m) está contemplado “impartir instrucciones de carácter general a los tribunales a través del referido Consejo de Gobierno”; en el Código Penal (Ley 88 y otras) se criminaliza el ejercicio de las libertades básicas y los derechos fundamentales; institucionalmente los Bufetes Colectivos ejercen de mil maneras una tutela perniciosa sobre los abogados defensores, y en la clase política está presente una lógica totalitaria de concebir el Estado y sus funciones, lo cual es lo peor de todo.

Así pues, con el anterior panorama no vale para nada que “los magistrados y jueces, en sus funciones de impartir justicia, son independientes y no deben obediencia más que a la ley” (art. 150). En fin, tengo muchas razones para pensar que vamos a seguir con una administración de justicia que no será imparcial ni independiente, al menos para los que discrepan del dogma oficial.

La eliminación de las asambleas provinciales y en su defecto la instauración de los consejos provinciales, en aras de achicar el tamaño del Estado y aligerar la toma de decisiones, sería un tanto más racional en su concepción si al menos el gobernador fuera elegido por los delegados municipales sin la propuesta del presidente de la “república” y en una única asamblea. Incuestionablemente esto refuerza aún más el verticalismo y la concomitante centralización del poder. Se impone que los ciudadanos de la provincia lo elijan en las urnas. Me parece bueno darles protagonismo a los municipios y dividir al presidente de la Asamblea Municipal del intendente.

Y finalmente, me asombra sobremanera que hayan seleccionado en el preámbulo el anhelo martiano: “Yo quiero que la ley primera de nuestra república sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre”. ¿Qué respeto a la dignidad puede reconocérsele al gobierno cubano si es violador consustancial de los derechos humanos? ¿Dónde está consagrada de forma creíble en esta Constitución, la libertad de prensa, de manifestación, asociación, reunión, así como a participar directamente o través de nuestros representantes elegidos democráticamente en la vida pública, por citar algunos ejemplos? En este trabajo demostré sin esforzarme mucho cómo son violados los mismos. Cuba, nuestro hogar nacional, es de todos los cubanos, y no solamente de los socialistas ni de los que se subordinan al Partido Comunista. Ambas cuestiones, lo del socialismo y del partido único, son indignidades y por tanto no son martianas.

12 de febrero de 2019

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